Formula Jefe de Gobierno Observaciones al Decreto de ALDF que Agrava Penas a Delitos cometidos en Marchas

Noticia escrita el: 6 diciembre, 2013 | Por: TIBISAY FIERRO

México, D.F.- El Jefe de Gobierno de la Ciudad, Miguel Ángel Mancera Espinosa, devolvió con observaciones, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) el decreto por el que se adicionan disposiciones al Código Penal local, enfocadas a agravar las penas a los delitos de homicidio, lesiones, robo y daño a la propiedad -artículos 123, 130, 224, y el adicionado 241 bis- cometidos durante el desarrollo de marchas, concentraciones, manifestaciones o cualquier evento público de esparcimiento, deportivo o recreativo.

Las observaciones al decreto recibido por el Gobierno de la ciudad, el 21 de noviembre reciente, constituyen consideraciones sobre los bienes jurídicamente tutelados, el principio de proporcionalidad de las penas, el derecho penal del acto, el principio de última ratio; y una más, el envío de la opinión técnica de la Comisión de Derechos Humanos del  Distrito Federal (CDHDF) al decreto.

La primera observación es que la ALDF armonice el ejercicio del derecho a la libre manifestación de las ideas y la libertad de asociación, con el cuidado, respeto y protección de la vida, integridad física y patrimonio de las personas, es decir, con los bienes jurídicamente tutelados.

La segunda, la relativa al principio de proporcionalidad de las penas, es que se analice doctrinal y estadísticamente el impacto de las manifestaciones para determinar si la punibilidad planteada en los tipos penales allí formulados se halla asociada a la gravedad del daño a los bienes jurídicos tutelados, antes mencionados.

La siguiente, es respetar el “derecho penal del acto” y evitar incurrir en lo que se conoce como “derecho penal de autor”, es decir, el Estado no podrá sancionar a una persona por un supuesto grado de peligrosidad derivado tanto de actos anteriormente cometidos como por la apariencia o una calidad de amenaza atribuida desde la opinión pública en virtud de la ideología que exprese.

La cuarta observación determinar si se ha acudido al derecho penal como última barrera para el logro de la convivencia armónica y se han agotado otras ramas del derecho para ese propósito, debido a la naturaleza altamente intrusiva del derecho penal en la esfera jurídica de las personas y en un bien de la mayor valía, la libertad.

Deberá valorarse -sigue la observación- la necesidad y posibilidad de formular normas de carácter administrativo, incluidos los protocolos de actuación policial, para permitir, por un lado, garantizar el ejercicio de los derechos contenidos en los artículos 6 y 7 de la Constitución; por otro, prevenir y controlar cualquier conducta violenta y apartada de la norma en estos ejercicios sociales, cuya normativa vigente, por lo demás, ya existe y debe considerarse.

Finalmente, el Jefe de Gobierno remite a la ALDF el documento que contiene las consideraciones técnicas al decreto signado por la doctora Perla Gómez Gallardo, presidenta de la CDHDF. 

Las anteriores observaciones fueron enviadas al órgano legislativo dentro del plazo establecido para ello.